domingo, 13 de octubre de 2013

¿Cómo es el trámite para una ONG?

La legislación argentina establece que las ONG deben obtener su personería jurídica en la Inspección General De Justicia en Juzgados Comerciales de Registros de Direcciones o Personas Jurídicas, según el lugar donde se establezca la asociación.

Para iniciar al tramitación es necesario abonar una reserva de nombre, que tendrá validez por treinta días, y presentar tres nombres posibles, para evitar su rechazo ante la existencia de otra entidad con la misma nominación.
Luego, se deberá realizar en el Banco Nación en una cuenta especial del Ministerio de Justicia, por el concepto de patrimonio de respaldo, tanta cantidad de pesos para las asociaciones, y tanto para las fundaciones, que será devuelto luego de aprobada la inscripción.

Posteriormente deberá, iniciar el tramite de constitución, mediante la precalificación o dictamen profesional, realizada por un escribano o abogado. Este certamen debe establecer, con carácter de declaración jurada, toda la información referente a la asociación o fundación: nombre, acata constitutiva, y estatuto.
Las fundaciones deberán presentar a través de un contador, una base presupuestaria, donde establezcan cómo será el esquema de gastos para sus primeros tres años de existencias.

Una vez presentada la precalificación, el plazo de revisión de su contenido por parte de la IGJ es de cinco días hábiles. Transcurrido este tiempo el organismo estatal puede aceptar la presentación o realizar alguna objeción, que deberá ser revisado.
El último paso consiste el la rúbrica de los libros de la asociación –actas, asociados, inventarios, balances y caja- ante un escribano público, una vez obtenida la conformidad sobre la personería.

Luego de completada la tramitación, la asociación no debe pasar por alto la presentación anual ante la IGJ, referente a su balance societario.
En dicha presentación deberá detallar los movimientos gerenciales, patrimoniales y contables