domingo, 13 de octubre de 2013

COOPERATIVAS Y MUTUALES

INAES



Asociación civil



                           Asociación civil

I. ¿Qué es una Asociación Civil? 

Cuando un grupo de individuos se une con la intención de desarrollar actividades sociales, comunitarias, culturales, o cualquier otra que tienda al bien común -sin perseguir fines económicos-, queda constituida una simple asociación.
Ahora bien, cuando esa agrupación establece por escrito ciertas reglas de funcionamiento, distribuye roles y responsabilidades, especifica las tareas a las que se van a dedicar y solicita ante un organismo del Estado (Inspección General de Justicia) su reconocimiento como entidad jurídica (personería jurídica), esa simple asociación pasa a convertirse en una verdadera Asociación Civil.
En síntesis, una asociación civil es una persona jurídica privada, constituida por un conjunto de personas físicas (llamadas socios) que, con la debida autorización del Estado, se unen para realizar actividades que tienden al bien común. La característica que las distingue es que no persiguen una ganancia comercial o económica; por ello es común que también se las denomine como “Entidades civiles sin fines de lucro”. 

II. ¿Para qué sirve constituir una asociación civil? 

En primer lugar, ayuda a organizarse mejor: se definen las funciones de cada uno, se especifican los objetivos principales y secundarios, se establecen autoridades, se fijan reglas de funcionamiento, etc. Todo eso fortalece la organización.
En segundo lugar, un grupo de personas organizadas tienen mucha más fuerza que cada una de ellas individualmente; de esta manera, se hace realidad aquel viejo refrán que reza “LA UNION HACE LA FUERZA”.
Además, un núcleo constituido y organizado suele atraer y entusiasmar a otras personas. De esta manera, aumenta la participación, se afianza el compromiso de los integrantes y crece la solidaridad social. 

III. ¿Por dónde empezar? 

Como primer paso, es importante formar una COMISION PROMOTORA con aquellos que están más consustanciados con la idea y con los objetivos de la asociación, o con aquellos que tienen más iniciativa o que se muestran más activos, o bien, con quienes resultan más representativos.
Esta Comisión se encargará, principalmente, de pensar y elaborar el proyecto de Estatuto, de fijar una fecha y un lugar para realizar la Asamblea Constitutiva y de llevarla adelante convocando a todos los potenciales miembros que quieran integrar la asociación a crearse.

IV. Camino a la Asamblea fundacional.

Con el proyecto de estatuto ya listo, la Comisión Promotora debe llevar adelante la Asamblea Constitutiva, que es el acto de nacimiento (fundacional) de la entidad. En la fecha, hora y lugar preestablecidos, se dará comienzo a la reunión invitando a todos los asistentes –que serán los socios fundadores- a elegir a un presidente provisional, que será auxiliado por uno o dos secretarios –también provisorios- al solo efecto de conducir la asamblea y cumplimentar el acto constitutivo. Es importante tener un Libro de Actas, hay que dejar en blanco la primer hoja, porque allí la IGJ va a fijar los títulos y sellos, y recién en la segunda hoja se procederá a transcribir el acta de la asamblea. Se admite, también, que el acta sea pasada a máquina (en PC) en una hoja oficio –respetando los márgenes- y luego pegada sobre la segunda página del Libro de Actas. 

El acta constitutiva debe confeccionarse siguiendo las siguientes pautas: 

·       1) Lugar y fecha cierta de constitución;
·       2) Nomina completa de los miembros presentes, que serán los socios fundadores;
·       3) La decisión de constituir una asociación civil con la denominación propuesta.
·       4) La discusión y aprobación del estatuto, cuyo texto puede formar parte del cuerpo del acta o transcribirse por separado a continuación de la misma.
·       5) La elección de las autoridades y su resultado, de conformidad con las estipulaciones previstas para cada órgano en el estatuto aprobado;
·       6) La decisión de solicitar la autorización para funcionar como persona jurídica, dejando constancia de la o las personas que expresamente se autorizan para gestionar los trámites pertinentes ante la IGJ, delegándoles facultades suficientes para aceptar los cambios, correcciones o consejos que formule el Organismo estatal al momento de analizar la documentación presentada.
·       7) La firma al pie de todos los asistentes. 

V. Inscribir la Asociación.

Para que la asociación tenga el carácter de persona jurídica hay que inscribirla ante la Inspección General de Justicia (IGJ), ubicada en Av. Paseo Colon 285 de la Ciudad de Buenos Aires. En otras palabras, si la Asamblea Constitutiva es el nacimiento de la asociación, la personería jurídica que otorga la IGJ es como obtener el “documento de identidad”.  Para ello, la persona que autorizamos en el acta constitutiva –o en su defecto, el Presidente y el secretario de la entidad- deben concurrir a la sede de la IGJ iniciar un expediente acompañando la siguiente documentación: 

·       1) Formulario Nº 1 de la IGJ -“Constitución y Modificación”- por el cual se solicita autorización para funcionar como persona jurídica, completando todos los rubros necesarios, y dejando constancia de la documentación que se acompaña, del domicilio donde va a funcionar la asociación, días y horarios de atención al público y un teléfono de contacto.
·       2) Formulario Nº 3 -“Reserva de nombre”-, mediante el cual hicimos la reserva previa del nombre que elegimos para la institución.
·       3) Copia mecanografiada del Acta Constitutiva, esa que fuera transcripta -o “pegada”- en la segunda página del Libro de Actas.
·       4) Copia íntegra del Estatuto aprobado, si éste no estuviera contenido dentro del Acta Constitutiva.
·       5) La demostración del patrimonio social inicial, para lo cual acompañaremos el inventario confeccionado por el Contador Público o, en su defecto, el comprobante del depósito especial efectuado en el Banco Nación.
·       6) Nomina de los socios que han sido elegidos para integrar la Comisión Directiva y la Junta Fiscalizadora, especificando el cargo que ocupa cada uno, duración del mandato, documento de identidad, domicilio real, estado civil, profesión u ocupación.
·       7) Nomina de todos los socios fundadores, con sus datos principales y, en su caso, especificando la categoría de socios a la que pertenecen.
·       8) Dictamen de precalificación legal. Para ello necesitamos de los servicios de un Escribano o un Abogado matriculado en la Capital Federal, quien elaborara dicho dictamen, corroborando la legalidad de los pasos efectuados y de las cláusulas que integran el estatuto. 

Todos estos papeles deben ser confeccionados a máquina, firmados por el Presidente y Secretario de la entidad y por la persona que autorizamos para realizar los trámites en el acta constitutiva, y presentada con dos juegos de fotocopias.
Al dejarlos en la ventanilla correspondiente, el funcionario que atiende sellara una copia y nos entregara una tarjeta con el número de expediente. Es importante conservar esta tarjeta para el seguimiento del trámite hasta su finalización. 

VI. Obtener la personería jurídica

Luego de un cierto tiempo (entre 20 y 45 días), se debe ir a la IGJ a buscar el dictamen (se consulta con el número de expediente que nos dieron en la tarjeta). Este dictamen, que realiza un asesor jurídico del Organismo, puede ser favorable o puede contener observaciones. En este último caso, habrá que subsanar los errores observados o realizar las correcciones que se nos indiquen. Esta tarea, la puede realizar la persona que expresamente autorizamos en el acta de la asamblea constitutiva, a quien también le conferimos la facultad de aceptar las modificaciones, indicaciones o sugerencias que proponga la IGJ. Se procederá, entonces, a contestar las observaciones realizadas consignando las modificaciones propuestas y, en su caso, transcribiendo en su totalidad el / los artículo / s del estatuto en su versión modificada.
De no existir nuevas observaciones, la IGJ dictará una Resolución que otorga, finalmente, la personería jurídica a la entidad, asignándole un determinado número. 

VII. Rubricar los Libros.

Todas las asociaciones civiles deben llevar, obligatoriamente, los siguientes libros: 

·       El Libro de Actas (que ya inauguramos en la asamblea constitutiva) donde el secretario o el miembro de la C.D. que corresponda deberá asentar lo que se discuta y resuelva en las distintas Asambleas; y también se dejara constancia de las sesiones de C.D, y de lo que allí se discuta y resuelva. Por razones de comodidad, o para un mejor ordenamiento, pueden llevarse dos Libros de Actas, uno para Asambleas y el otro para las reuniones de C.D, aunque en este caso el costo de su posterior rubrica será mayor.
·       El Registro de Asociados, donde se anotaran a cada uno de los socios, la categoría a la que pertenecen, la fechas de ingreso y egreso (altas y bajas), cuotas pagas, amonestaciones, suspensiones y cesantías, con una breve indicación de la causa que motivó la sanción.
·       El Libro de Inventario y Balance, en el que se incluirá la descripción exacta y completa del activo y pasivo de la entidad conforme a cada ejercicio social.
·       El Libro de Caja, donde quedaran registrados todos los ingresos y egresos, y demás movimientos de fondos, indicando en cada caso el concepto de entrada y salida.

Estos libros deben estar encuadernados y foliados, y deberán ser rubricados por la IGJ. Para ello debemos dejarlos en la IGJ, con copia de la Resolución que otorgó la personería jurídica, solicitando su rúbrica a través del respectivo formulario de trámite, previo pago de los aranceles correspondientes. 

VIII. Solo unos trámites más.

Exención impositiva. En principio, las Asociaciones Civiles están exentas del impuesto a las ganancias, en la medida que tales ganancias y su patrimonio social se destinen a los fines de su creación y en ningún caso se distribuyan, directa o indirectamente, entre los socios. Quedan expresamente excluidas de dicha exención –según la normativa vigente-, aquellas Asociaciones que obtengan sus recursos, en todo o en parte, de la explotación de espectáculos públicos, juegos de azar y actividades similares. También, están exentos del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) los servicios prestados por la Asociación Civil en la medida que se relacionen en forma directa con sus fines específicos.
Para obtener la exención, es indispensable acudir a una dependencia de la (AFIP) y presentar el trámite respectivo, con copia de la Resolución de la IGJ que otorga la personería jurídica, y copia del estatuto aprobado. Además, las asociaciones civiles están exentas del impuesto a los ingresos brutos siempre y cuando los ingresos que perciba la entidad sean destinados al objeto previsto en el estatuto y en ningún caso se distribuyan, directa o indirectamente, entre los socios.



ONG


ONG es la sigla de Organización No Gubernamental. Se trata de entidades de iniciativa social y fines humanitarios, que son independientes de la administración pública y que no tienen afán lucrativo.
Una ONG puede tener diversas formas jurídicas: asociación, fundación, cooperativa, etc. Lo importante es que nunca buscan las ganancias económicas, sino que son entidades de la sociedad civil que se basan en el voluntariado y que intentan mejorar algún aspecto de la sociedad.
Las ONG suelen financiarse a través de la colaboración de los ciudadanos, de los aportes estatales y de la generación propia de ingresos (mediante la venta de remeras o la organización de eventos, por ejemplo). Parte de sus recursos pueden destinarse a la contratación de empleados de tiempo completo (es decir, que no trabajan de manera voluntaria sino que se dedican exclusivamente a las tareas de la organización).
El campo de acción de una ONG puede ser local, nacional o internacional. La asistencia sanitaria, la protección del medio ambiente, el fomento del desarrollo económico, la promoción de la educación y la transferencia tecnológica son sólo algunos de los asuntos que incumben a este tipo de organizaciones.
La Carta de las Naciones Unidas (ONU) ya reconocía, en 1945, la importancia de las ONG en diversas temáticas. Es importante tener en cuenta, de todas formas, que las ONG no buscan reemplazar al Estado o a los organismos internacionales, sino que intentan complementar sus funciones.
La Cruz Roja, fundada en 1863, es una de las ONG más antiguas del mundo. Otras de las ONG más importantes y de mayor tamaño en la actualidad son Greenpeace y WWF.

60 AÑOS DE HISTORIA DE LAS ONG

Los aproximadamente 60 años de historia, con su correspondiente evolución, justifican un análisis sobre la labor y el papel que están desempeñando las las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) en nuestras sociedades.
Es un hecho palpable, que este desarrollo y expansión ha coincidido en el tiempo con el agravamiento de la crisis económica y político-social de los países del Sur, así como con la aparición en los países "desarrollados" de sectores de población cada vez más amplios expulsados a la marginalidad absoluta, el llamado Cuarto Mundo.

El termino ONG surge en la Carta de las Naciones Unidas, siendo definidas en 1950 como "organizaciones cuya constitución no sea consecuencia de un tratado internacional". Se consideran independientes de las instituciones y poderes públicos, sin fines de lucro, y con una labor sustentada en una estructura autónoma y propia.

Bajo la tipología de ONG coexiste una constelación de entidades, que caminan en direcciones, a veces, contrapuestas. En su enorme heterogeneidad pueden encontrarse aquellas que, con la mejor voluntad, desorientación o con un interés ideológico concreto y amparándose en los "buenos sentimientos", apuestan por un asistencialismo coyuntural y, a la vez, un mayor sometimiento social al poder político dominante. Pero, también, múltiples asociaciones, comités, ONG, desarrollan una labor en la que conjugan el compromiso social con los más desfavorecidos con el cuestionamiento del sistema que genera estos brutales desajustes distributivos. Ciertamente esta disección es producto de un urgente ejercicio de simplificación, en torno a un espacio amplio y rico en visiones y actuaciones, buscando mostrar lo heterogéneo de este espectro solidario.

Hoy, la labor de las ONG en la lucha contra la pobreza y la exclusión, es totalmente reconocida. Pero, ante el reclamo que supone el dinero que circula en torno a la ayuda, la solidaridad y la privatización de la "asistencia social", han aparecido entidades que actúan de manera lesiva (como ya han denunciado publicaciones, personalidades y colectivos), deteriorando la imagen de otras organizaciones que persiguen un desarrollo positivo de lo que se ha venido llamando en los últimos tiempos sociedad civil.

Ciertamente las ONG no escapan al proceso ideológico actual. Desenvolverse dentro de este sistema que descansa en los dogmas del pensamiento único y de la subordinación de los derechos sociales a la competitividad neoliberal, requiere de objetivos claros y de complicados equilibrios. Afortunadamente una buena parte de ellas actúa bajo una preocupación constante por desarrollar de forma efectiva su labor desde posiciones críticas hacia las injusticias y quien/es las originan. Pero no por ello se debe obviar el hecho de que existen otras fuertes corrientes que optan por institucionalizar algunas rémoras ascendentes en el actual mapa socio-organizativo:

· Muchas veces la falta de identificación en los objetivos de intervención social, es sustituida por intereses basados en la propia existencia organizativa bajo el criterio del mercado. Y ello aceptando, en sus proyecciones de cooperación, en bastantes ocasiones, pautas culturales y de desarrollo occidentales como únicos modelos válidos de actuación.

· Definición, en un amplio espectro, como "apolíticas", intentando proyectar un cierto halo de pureza. Los voluntarios no son neutros, las organizaciones que actúan en un conflicto no son neutras, el intercambio y la toma de posición ante cada situación no les permite la neutralidad. Las políticas injustas de muchos gobiernos están en la base de la mayor parte de las desigualdades y sufrimientos del planeta.

· Existen ONG que asumen tareas encomendadas por los gobiernos, que deberían ser propias de los Estados. Y bajo este signo, se desarrollan discursos tales como que aquellas son más ejecutivas y eficientes que los Estados, cuestionando el papel redistributivo que estos deberían tener. Conviene recordar que no es función de una ONG (recordemos "No Gubernamental") la suplantación del Estado en sus responsabilidades de cohesión social.

· La utilización del respaldo social del que gozan determinadas ONG ha generado una nueva variante en la mercadotecnia, llamada "marketing con causa". Es una sofisticada estrategia comercial destinada a generar más ventas y mayor beneficio desde el punto de vista capitalista. La solidaridad se transforma en un producto más en el mercado, de cuyo influjo no escapan las empresas más potentes que quieren vender más y aumentar sus beneficios.

En positivo, probablemente la mejor manera de terminar esta reseña, sea recogiendo la voluntad creciente en el "mundo de la solidaridad" de avanzar en la generación de una cooperación social diferente que permita caminar hacia una sociedad descentralizada, realmente democrática y participativa y con una agenda política capaz de responder a las demandas de nuevos valores éticos y de transformación. Y donde los movimientos y organizaciones sociales tengan un nuevo y mayor protagonismo en la acción y elaboración de estrategias alternativas a la globalización neoliberal dominante.

¿Cómo es el trámite para una ONG?

La legislación argentina establece que las ONG deben obtener su personería jurídica en la Inspección General De Justicia en Juzgados Comerciales de Registros de Direcciones o Personas Jurídicas, según el lugar donde se establezca la asociación.

Para iniciar al tramitación es necesario abonar una reserva de nombre, que tendrá validez por treinta días, y presentar tres nombres posibles, para evitar su rechazo ante la existencia de otra entidad con la misma nominación.
Luego, se deberá realizar en el Banco Nación en una cuenta especial del Ministerio de Justicia, por el concepto de patrimonio de respaldo, tanta cantidad de pesos para las asociaciones, y tanto para las fundaciones, que será devuelto luego de aprobada la inscripción.

Posteriormente deberá, iniciar el tramite de constitución, mediante la precalificación o dictamen profesional, realizada por un escribano o abogado. Este certamen debe establecer, con carácter de declaración jurada, toda la información referente a la asociación o fundación: nombre, acata constitutiva, y estatuto.
Las fundaciones deberán presentar a través de un contador, una base presupuestaria, donde establezcan cómo será el esquema de gastos para sus primeros tres años de existencias.

Una vez presentada la precalificación, el plazo de revisión de su contenido por parte de la IGJ es de cinco días hábiles. Transcurrido este tiempo el organismo estatal puede aceptar la presentación o realizar alguna objeción, que deberá ser revisado.
El último paso consiste el la rúbrica de los libros de la asociación –actas, asociados, inventarios, balances y caja- ante un escribano público, una vez obtenida la conformidad sobre la personería.

Luego de completada la tramitación, la asociación no debe pasar por alto la presentación anual ante la IGJ, referente a su balance societario.
En dicha presentación deberá detallar los movimientos gerenciales, patrimoniales y contables
 

¿Qué es una ONG? Entrevista...

Desde el punto de vista histórico las ONG se originaron hace mucho tiempo quizás en Grecia o Roma antigua pero en forma documentada en el siglo xlx.
Comenzaron a funcionar para llenar huecos o complementar la acción de los gobiernos.
Los elementos fundamentales que definen a una ONG son el deseo de ofrecer tiempo, dinero y dedicación para ayudar a otras personas que lo necesitan, de hecho sus integrantes son voluntarios ya que no persiguen ninguna remuneración por su trabajo.
Las ONG son de carácter privado con objetivos y fines definidos por sus integrantes independientemente de los gobiernos y de los organismos internacionales, sin fines de lucro, a diferencia de los organismos gubernamentales que si lo persiguen.
Jurídicamente adoptan diferentes estatus tales como asociación, corporación, cooperativa y fundación, estas últimas se diferencian de las demás por estar exentas de impuestos y más controladas por el estado.
Las actividades que realizan son: llevar a cabo una variedad de servicios humanitarios, dan a conocer las preocupaciones ciudadanas al gobierno, supervisan las políticas, apoyan la participación política a nivel de comunidad, proporcionan análisis y conocimiento técnico, sirven como mecanismos de alerta temprana, ayudan a supervisar a implementar acuerdos internacionales, algunas están organizadas en torno a temas concretos como los derechos humanos, el medio ambiente o la salud.
Tener una voluntad de cambio o de trasformación social, participando activamente en la mejora de la sociedad mediante propuestas favorecedoras de relaciones más justas y equitativas que promuevan además la igualdad entre mujeres y hombres como parte inherente e indispensable del proceso de desarrollo.


Entrevista realizada a la ONG LALCEC (Lucha contra el cáncer Caseros)
Entrevistada: Patricia Roverta                                   Fecha: 09/10/2008 – Sabattini 4.960


A:- ¿Cómo se fundaron y por qué?
R:- Esta es una Organización no gubernamental (entidad de bien público), sin fines de lucro, fundada en San Martín el 22 de julio de 1.921. LALCEC desarrolla su actividad en todo el país a través de representaciones. La liga esta orientada a mitigar los efectos del cáncer mediante la prevención, educación y diagnostico oportuno. Asimismo crea nuevos centro de diagnósticos, equipa a los ya existentes, capacita a voluntario y estimula la investigación científica para averiguar causas y buscar nuevas formas de tratamientos.
Cuando se funda el partido de Tres de Febrero se instala un consultorio como filial; la Señora Ortega que tenia su esposo con cáncer, dona la actual casa, filial Caseros ubicada en Sabattini 4.960.

A:- ¿Qué ayuda reciben? ¿Cómo se financian?
R:- Esta ONG. no depende el Estado, no recibe ningún tipo de ayuda o donación, se sustenta con los bonos que se le cobra a la gente. Con la recaudación se paga los honorarios a los médicos, se compra material, se realizan los mantenimientos de los aparatos, todo el dinero recaudado debe ser invertido para una mayor y mejor atención. Es controlado por el
Estado en cuanto a la forma administrativa. No están exentas de impuestos.
A:- ¿Qué diferencias tienen con las fundaciones?
R:- Se diferencian de las fundaciones en cuanto a sus organismos, reciben ayuda del Estado, son más controladas por este y están exentas de impuestos.
Tanto la ONG. Como las fundaciones tienen carácter benéfico.

A:- ¿Cuál es el principal elemento que necesitan para constituirse como ONG.?
R:- El principal elemento con que deben contar para formarse es un cuerpo de voluntario para integrar la comisión. La colaboración de voluntarios, que se entrenan en cursos especiales dictados por la ONG., acerca de conocimientos básicos en la lucha contra el cáncer, aspectos psicológicos y actitudes naturales sobre una verdadera vocación de servicio.

A:-¿Cuál es el objetivo de esta ONG?
R:- Es donar el tiempo desinteresadamente, brindándole al enfermo y a la comunidad amor, responsabilidad, humildad y disciplina, para la prevención del cáncer.

A:- ¿Para qué existen estas Organizaciones?
R:- Para ayudar a la gente y ayudar a complementar la acción del gobierno.

A:- ¿Ayudan a algún tipo de Entidad?
R:- Si, realizamos acciones en el Hospital Carrillo, campañas para la prevención del cáncer. Contamos con un espacio dentro del Hospital, prestando servicios ginecológicos, como así también los mamógrafos y ecógrafos.